Abogado egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires en el año 1989.

Especialización en Doctrina Social de la Iglesia – 2024 – Universidad Católica Argentina.

Desde el año 1982 se desempeñó en diversas áreas de la Dirección General de Aduanas donde ocupó distintos cargos de índole jurídico, tales como apoderado de la División Judicial; abogado asesor de la División Asuntos Legales de la Secretaria del Interior y abogado de la División Causas Tributarias de la Dirección de Asuntos Legales.

Asimismo, desempeñó funciones operativas como Jefe de Turno, Control de Equipajes, en la Aduana de Ezeiza; Segundo Jefe de Departamento Fiscalización, Jefe de departamento Investigación, Control y Procedimientos externos de la Dirección de Fiscalización Aduanera hasta el año 2000 en el cual se incorpora a la práctica privada. Estos cargos le han permitido adquirir importantes conocimientos inherentes a los controles Expost y valoración de las mercaderías y análisis de subfacturación. Asimismo, interviene en numerosas investigaciones por presunto Dumping.

Ha sido profesor de Derecho Aduanero en distintas Universidades, tales como la UBA, Universidad Nacional de Córdoba, Nacional de La Plata. Actualmente, dicta la materia «Régimen Aduanero» en el curso de posgrado de Negocios Internacionales de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Católica Argentina. Es, además, Profesor de «Aspectos jurídicos de Comercio Exterior» en el «Curso Integral de Comercio Exterior» – Fundación ICBC. Profesor de la Diplomatura de Derecho Aduanero en la Universidad Austral.

Ha sido Coordinador y Profesor del Curso de profundización en Derecho y Gestión Aduanera organizado por la Pontificia Universidad Católica Argentina-Mar del Plata.

Fue Consultor Externo de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

Es Miembro del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y del Instituto Argentino de Estudios Aduaneros.

ARTICULOS PUBLICADOS

– “Resolución anticipada de valor: nunca más un monólogo. Promesas y esperanzas de un necesario diálogo” – EL DIAL 18/12/2019.

– “Irregularidades en el procedimiento para las infracciones en materia aduanera – “Sapere aude” – Comentario al fallo “Zara Argentina S.A. c/Dirección General de Aduanas, s/recurso de apelación” del TFN – EL DIAL 04/09/2019

– “Contribuciones al debate del dialogo público privado en el servicio aduanero”– EL DIAL 17/07/2019

– “Desacertada (y preocupante) jurisprudencia en materia de derechos antidumping” – Comentario al fallo de la Sala V del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal en la Causa 42753/2016 «NIDERA SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”- EL DIAL 16/08/2017

– “Algunas consideraciones en relación con la investigación para la aplicación de medidas antidumping” – EL DIAL 25/08/2015

– “La nulidad de la aplicación de derechos antidumping en forma retroactiva. Límite claro y contundente a la discrecionalidad devenida arbitraria” Comentario al fallo “Volf SA c/ EN-M° Industria-resol 12/09 (Expte. S01: 11859/07 s/proceso de conocimiento” de la CNACAF- EL DIAL17/06/2015

– “Acertada interpretación de los principios constitucionales en materia tributaria aduanera”- Comentario al fallo “Noran Industria SRL c/DGA s/recurso directo de organismo externo”, de la CNACAF- EL DIAL 20/08/2014

– “Las sutiles barreras paraarancelarias y el principio de razonabilidad” – EL DIAL 18/09/2013

– Una lúcida e integradora interpretación – Comentario al fallo “Vicentin SAIC (TF 25101-A)” de la CNACAF- EL DIAL 20/03/2013

– “La omisión de presentación de documentación por falta de su exigencia en el Sistema María que conlleva a una declaración inexacta ¿es punible?” – EL DIAL18/07/2012

– “¿Debe la Aduana establecer y condenar como si fuera una prohibición el ingreso de mercadería falsificada cuando el titular del derecho ha autorizado, previa extracción de la marca, su ingreso?” – EL DIAL16/05/2012

– “La falta de registro del despacho de importación al trasmitir una mercadería importada ¿constituye una infracción de fondo (art.991 C.A.) o formal (art. 992 C.A.)? EL DIAL 21/03/2012

– “Las facultades de la Aduana para detener, interdictar o secuestrar la mercadería objeto de una investigación; ¿tienen límites? – EL DIAL 16/11/2011

– “La potestad de revocación como operador confiable su razonabilidad

Algunas dudas, pocas certezas – EL DIAL 18/05/2011

Idiomas

Castellano, Portugués, Francés.